Alexcevith Acosta Director CAS |
En el oficio
expedido por la CAS se hace un recuento de la licencia ambiental expedida hace
30 años por la entonces Ingeominas y reseña la Resolución que en la fecha
promulgó la Cas para fijar parámetros al respecto y dice textualmente…
Comunicado a
la Opinión Pública
La
Corporación Autónoma Regional de Santander
-CAS- en relación con la licencia ambiental del título minero FLL-082 en el municipio del
Carmen de Chucurí, informa que:
Mediante
Resolución 574 del 22 de agosto del 2022, por competencia, factor funcional[1],
la Corporación Autónoma Regional de Santander–CAS, otorgó licencia ambiental
para ejecución del proyecto minero a nombre de la sociedad COLCCO S.A., en el
Municipio de El Carmen de Chucurí, con polígono específico, para explotación a
superficie de 14,5 hectáreas y para explotación subterránea, de 30,3 hectáreas.
Esta área
licenciada por la CAS, que suma 44,8 hectáreas, corresponde al 2,29% del total
de 1.949 Hectáreas que, mediante contrato de concesión minero FLL – 082 del 8
de marzo de 2006, otorgó INGEOMINAS, (hoy, Agencia Nacional de Minería) por un
período de 30 años, de los cuales ya trascurrieron 16 años.
Una vez
evaluada y verificada la información documental y en campo, así como el Sistema
de Información Geográfico – SIG de la Corporación Autónoma Regional de
Santander – CAS, se puede determinar que el área licenciada, NO traslapa dentro
de las áreas protegidas del DRMI, catalogadas por la Corporación, ni tampoco
con las zonas estipuladas en la Ley 2da de 1959.
Como obra en
el expediente, previo a este licenciamiento y atendiendo el principio de
publicidad de las actuaciones administrativas, la Corporación garantizó la
participación ciudadana, a través de la Audiencia Pública Ambiental, realizada
el 29 de julio de 2015, en la Biblioteca Pública del Municipio de El Carmen de
Chucuri – Santander. La comunidad
participó de esta audiencia con el acompañamiento de la Procuraduría General de
la Nación y la Personería Municipal.
Nuestro
equipo interdisciplinario de profesionales adscritos a la Subdirección de
Administración de la Oferta, Educación Ambiental y Participación Ciudadana, analizó
el diagnóstico y las recomendaciones realizadas por Soluciones Ambientales
Estratégicas – SOLAMES, verificando y cotejando con la información documental,
las visitas de campo, la matriz de evaluación de impactos, los componentes,
capítulo a capítulo del Estudio de Impacto Ambiental, siguiendo con rigor los
términos de referencia que aplicaban a la solicitud de Licencia Ambiental
radicada desde el año 2012.
Como
resultado de este análisis se concluye que las recomendaciones de SOLAMES se
hicieron con base en lo establecido en el Decreto 1076 de 2015, sin tener en
cuenta que la solicitud fue hecha 24 de julio de 2012, en cuyo caso se aplica
el Decreto 2820 del 05 de agosto de 2010 (por medio del cual se reglamenta el
Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales).
Finalmente,
se precisa que el otorgamiento de esta Licencia Ambiental (expediente 1007 –
0048 – 2012), se ajustó a los términos de referencia, y se imponen las medidas
y obligaciones de compensación, mitigación y medidas correctivas de los
impactos que se puedan generar al momento de la ejecución del proyecto
minero.
Es de
resaltar que la Corporación Autónoma Regional de Santander actualmente adelanta
un convenio de asociación que beneficia a los municipios del Carmen de Chucurí
y San Vicente de Chucurí y que incluye la Conservación de bosque de 800
hectáreas en protección por parte de 21 familias y sus respectivos planes de
manejo a escala predial, la protección de nacimientos y fuentes hídricas en los
predios participantes (21) que impactan positivamente la Quebrada La San
Guillerma que tributa al río Chucuri y la siembra de 16.000 árboles en: Áreas
de restauración ecológica, áreas degradadas y zonas de recarga hídrica,
Sistemas silvopastoriles y agroforestales.
Fuente: Oficina de Comunicaciones CAS
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